martes, 7 de abril de 2009



Por: Luís Alberto Cárdenas
Dir. Jurídico JJG


CINCO ASPECTOS IMPORTANTES QUE DEBEN OBSERVARSE AL FORMAR UN ENTE COLECTIVO.


1. Lo primero es consultar a un especialista para decidir la forma jurídica de su ente colectivo (sociedad o asociación), misma que deberá permitir a la naciente empresa actuar con mayor eficiencia en el desempeño de su objeto social, lo cual se traducirá a la larga en mayores rendimientos. En tal tenor, acuda ante el Notario o Corredor Público para constituir su sociedad o asociación, quiénes lo asesorarán sobre los trámites de obtención de permisos e inscripciones de su empresa.

2. Se tiene que definir correctamente el objeto de la persona jurídico colectiva a formalizarse. El objeto social consiste en una descripción de la actividad a que se dedicará la empresa. Es muy importante, se investigue si existe alguna Norma Oficial Mexicana que regule la actividad que mejor describa la actividad que se está por emprender; esto, le permitirá cumplir al ente colectivo, todas las disposiciones que de carácter administrativo y/o jurídicas que se deban observar.

3. Para el caso de que la persona jurídico colectiva sea relativamente pequeña, puede convenir la figura del administrador único; por lo que si la misma es mediana o grande, jurídicamente conviene un consejo de administración. Así mismo, se debe designar de una forma por demás cautelosa al comisario, ello por la función muy importante que tiene de vigilar el desempeño de la administración de la sociedad o asociación.

4. Verifique que el nombre de su empresa no se encuentre registrado como marca. Eso le evitará que el titular de la marca le impida usar su denominación social en el comercio.

5. Es sumamente importante que el administrador de la sociedad lleve al día los libros de la sociedad o asociación, a saber, el libro de registro de accionistas, el libro de actas de asambleas y el libro de actas de sesiones de consejo, en su caso.